La representación de los alumnos ante las autoridades de la Escuela será ejercida por sus padres o tutores, quienes registrarán su firma en el establecimiento o avalarán la de tutores o encargados que temporalmente los reemplacen.
Los padres de la Escuela San Andrés pueden esperar que la institución:
· Los reconozca como representantes legales de sus hijos o a sus tutores, en caso de que designen a otras personas para esa función.
· Les proporcione los servicios educativos contratados.
· Les otorgue las oportunidades de información previstas en la
política del colegio para el seguimiento de sus hijos.
· Les informe fehacientemente todo hecho significativo a la trayectoria escolar de su hijo.
La Escuela San Andrés puede esperar que los padres de sus alumnos:
· Garanticen la concurrencia de sus hijos a la escuela regular y puntualmente.
· Acuerden con el AIC notificado y respalden su implementación
· Controlen y firmen, en los plazos fijados, toda documentación y/o comunicación que las escuelas les envíen.
· Concurran a la escuela cuando fueren citados por la dirección o por sus docentes para tratar asuntos relacionados con el aprendizaje y la conducta del alumno.
· Se notifiquen en las actas donde consten las conclusiones a las que se hayan arribado de las entrevistas realizadas, en casos considerados necesarios por el Colegio.
· Respeten y se comprometan con el Ideario, la Misión y el AIC de la Escuela San Andrés.
· Comuniquen con la antelación necesaria cualquier cambio de
domicilio y/o teléfono.
· Informen por escrito, según la política del colegio, acerca de las autorizaciones para el retiro de sus hijos de la escuela, así como los cambios en el procedimiento habitual.
· Supervisen que sus hijos concurran a la Escuela con el uniforme reglamentario y los útiles necesarios para el trabajo diario.
· Cumplan regularmente con el régimen económico suscripto.
Expectativas alumnos-institución
Reconocimiento de Disciplina Positiva.
Un objetivo del AIC es aplicar honores que alienten el comportamiento positivo y cumplimiento de metas, para ello diseñamos el sistema de méritos y reconocimientos y los premios por actos de excelencia.
Sistema de Méritos y Reconocimientos
Los méritos y reconocimientos se entregan según criterios estructurados en dos dimensiones: Académica y Personal - Social, cuyo sustento está apoyado en los valores promovidos por la escuela y actúan como incentivo, aliento y reconocimiento de las mejoras o continuidad de las conductas positivas.
El juicio profesional de los miembros del cuerpo docente determinará la aplicación del sistema de méritos y reconocimientos.
Esta distinción deberá ser fundada por escrito por el docente que la aplique y hará hincapié en la trascendencia de los hechos valiosos producidos por el alumno.
Premios por Actos de Excelencia
Este sistema reconoce la excelencia de los logros y el buen comportamiento de los alumnos. Los miembros del cuerpo docente y/o del cuerpo estudiantil mediante sus representantes, destacan a través de estos reconocimientos, acciones distintivas y sobresalientes de los alumnos que trascienden el marco académico.
Los premios por actos de excelencia deberán comunicarse por escrito. El cuerpo docente o de alumnos fundamentarán la distinción en los valores esgrimidos en el presente AIC: Integridad - Respeto – Solidaridad
Normas generales y Normas diarias
Las normas generales y diarias del Colegio, según se las describe a continuación, deberán ser respetadas toda vez que los alumnos se encuentren dentro de los predios de la institución escolar, y aun fuera de ellos, siempre que vistan el uniforme del Colegio y/o se desempeñen en una actividad relacionada con la institución, por ejemplo: visitas, excursiones, viajes de estudio, torneos intercolegiales o giras en calidad de participantes simples o espectadores.
Normas generales
Uno de los objetivos de la Escuela es que todos los miembros de la comunidad asuman su responsabilidad de apoyar los ideales de la Institución y cooperar con su realización.
· Cuidado de la salud, la seguridad y el bienestar propio y de otras personas
· Respeto por la propiedad intelectual, institucional y privada
· Cuidado del medioambiente
La trasgresión de las normas se manifiesta en conductas tales como:
· Actitudes u observaciones maliciosas de cualquier tipo; provocación de daños físicos; actos u omisiones discriminatorios determinados por motivos tales como raza, religión, nacionalidad, ideología, opinión política o gremial, género, orientación sexual, posición económica, condición social o caracteres físicos; hostigamiento.
· Faltar a la verdad
· Deshonestidad intelectual: copiarse, incurrir en plagios, hacer un uso impropio de las fuentes, presentar trabajos académicos duplicados, y contravenir las normas de propiedad intelectual.
· Retirar bienes sin permiso del dueño o del personal de la institución, dañar o apropiarse en forma ilegítima de los materiales de terceros.
· Usar indebidamente los recursos tecnológicos disponibles dentro de la escuela o fuera de ella, produciendo un efecto negativo sobre los alumnos, sus familias, la Institución y/o el personal de la misma.
· Ausentarse del Colegio y/o de las clases o actividades obligatorias, sin autorización.
· Violar las reglas de seguridad, higiene y conservación de bienes.
· Consumir, poseer, y/o estar bajo la influencia o en presencia de bebidas alcohólicas, drogas ilegales o tabaco.
Normas diarias
La escuela espera que los alumnos desarrollen hábitos de trabajo y comunicación positiva.
· Acudir al Colegio puntual y regularmente.
· Presentarse a clase con una apariencia prolija, el uniforme completo y provisto de todos los materiales escolares pertinentes.
· Cuidar el edificio escolar, mobiliario y recursos materiales de la escuela, incluyendo su limpieza y conservación.
· Respetar a sus pares y a todo el personal de la escuela poniendo de manifiesto conductas amables y vocabulario correcto.
Sección 2
Sistema de Sanciones
La transgresión de las Normas Generales del Colegio dará lugar a las siguientes
sanciones:
· Advertencia verbal
· Permanencias (Detentions)
· Amonestaciones
· Período de prueba (Probation)
· Separación temporaria del establecimiento
· Separación definitiva del establecimiento
La transgresión de las Normas Diarias dará lugar a las siguientes sanciones:
· Advertencias verbales
· Permanencias (Detentions)
· Amonestaciones
Advertencia verbal
En casos de irresponsabilidad por parte del alumno, cuando se tratare de un incidente menor, el docente involucrado, podrá apelar a una advertencia oral que haga mención a la improcedencia de su conducta. A partir de ese llamado de atención, el docente deberá ponderar, si amerita o no una advertencia escrita o permanencia.
Permanencia (Detentions)
Cuando la actuación del alumno exceda los criterios para concluir el procedimiento en una advertencia verbal, se impondrá una permanencia. Ésta quedará registrada y debidamente fundada, en el legajo del alumno. Dos (2) advertencias verbales por la misma conducta harán aplicable una permanencia. La acumulación de seis permanencias amerita dos (2) amonestaciones
Amonestaciones
Se aplican ante la trasgresión de las normas generales o la acumulación seis (6) permanencias.
El Director definirá el número de amonestaciones de acuerdo con las circunstancias del caso. Acumular veinticinco, en un ciclo escolar, dará lugar a la pérdida de la condición de regular.
Período de prueba (Probation)
El sistema de período de prueba consiste en la redacción de un contrato para un estudiante en riesgo disciplinario. En dicho contrato, se establecen las expectativas que el alumno deberá cumplir para poder continuar como alumno regular de la Institución.
Un profesor tutor será el encargado de realizar el seguimiento. Éste debe dejarse por escrito. Una vez finalizado el período de prueba, el Comité Disciplinario evaluará las evidencias e informará al Director quien decidirá la permanencia del alumno en la Institución.
El período de prueba puede prolongarse hasta seis meses, finalizando dentro del mismo año lectivo o continuando en el siguiente. No se permitirá más de dos períodos de prueba en la vida escolar de un alumno.
El haber pasado por uno, no da derecho a reclamar el segundo, esa decisión la tomará el Director.
Separación temporaria
Cuando el alumno incurra en una falta que afecte el normal funcionamiento de la escuela y afecte su inmediata reinserción escolar, el Director podrá suspenderlo por considerar que su ausencia, por un período limitado, redundará en su beneficio y en el normal desarrollo de las actividades escolares. Durante este lapso, el alumno deberá responder a las expectativas académicas del Colegio por su cuenta. La sanción aplicada no limitará la posibilidad de rendir sus exámenes.
Separación definitiva del Colegio
Ante la gravedad de una falta cometida, el Comité Disciplinario podrá recomendar al Director la separación definitiva de un alumno del colegio, independientemente de la cantidad de sanciones acumuladas. En todos los casos, el Director será el encargado de evaluar la situación y tomar la decisión cuando un alumno demuestre el quebrantamiento de los valores, filosofía y expectativas previstas en este Acuerdo Institucional de Convivencia.
Proceso para la aplicación de sanciones
Cuando el alumno transgrede alguna de las normas diarias, el docente a cargo lo sanciona con una permanencia. Cuando el alumno acumula cinco permanencias se notifica a los padres o tutor. Si el alumno persiste en la violación de normas diarias y alcanza diez permanencias, el equipo docente que acompaña al alumno realiza un exhaustivo seguimiento y cita a los padres para solicitarles colaboración a los efectos de revertir la conducta del menor.
Cuando el alumno viola una norma general, los miembros del equipo docente que acompañan al alumno se reúnen para realizar una investigación de los hechos, para ello, se informará al alumno de la situación, se le solicitará que reflexione sobre lo sucedido y lo vuelque, haciendo ejercicio de su libertad responsable, en el Formulario de Incidentes. Luego de este proceso, el equipo docente indica la norma transgredida y recomienda una respuesta al Director, fundada en los valores esgrimidos en el presente AIC y en la trascendencia de los hechos disvaliosos producidos por el alumno.
El Director tomará una medida integral y formativa que abarque dos aspectos fundamentales:
· la sanción reparatoria cuyo objetivo será promover en el alumno la reflexión y la responsabilidad ante sus propios actos.
· la sanción disciplinaria para promover en el alumno el reconocimiento de los límites del derecho propio y ajeno, con el objetivo de lograr mejorar su conducta.
Sección 3
La constitución del CIC
El CIC estará constituido por el Director, un profesor, un preceptor y un padre/madre miembro de la comunidad educativa de la Escuela.
El funcionamiento del CIC
Ante una situación que genere una trasgresión a las normas establecidas en el presente AIC e involucre a los alumnos, el Director puede solicitar la intervención del CIC, con la finalidad de evaluar los hechos y sugerir medidas al respecto. En el caso que amerite la aplicación de una sanción, la decisión final es de competencia del Director.
La decisión final debe tener en consideración la edad del alumno y la proporcionalidad entre la conducta reprochada y la sanción impuesta.
El CIC, junto con el Director, tendrá en cuenta la edad y experiencia del alumno, al igual que sus circunstancias particulares, su bienestar, y sobre todo, el bienestar de la comunidad en su totalidad (el bien común).
Siempre antes de tomar la decisión final, el alumno debe ser escuchado.
Sección 4
Las instancias de evaluación del presente AIC se concretarán en el mes de julio y en septiembre. Las modificaciones apuntarán a la formación integral del alumno y a su adecuada integración a la comunidad del colegio. Estarán debidamente fundamentadas en el seguimiento de los casos observados durante el año, y contemplarán el procedimiento de consenso establecido en el diseño original.