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20/4/2009
ACUERDO INSTITUCIONAL DE CONVIVENCIA 2009
La construcción de una verdadera comunidad educativa es un camino íntimamente ligado a nuestra Misión.

El Acuerdo Institucional de Convivencia es el marco formal que  representa los compromisos que asumimos todos los integrantes de la  Comunidad Educativa.  El propósito del AIC es  organizar la vida escolar sobre la base del derecho a la dignidad de las personas y el ejercicio pleno del respeto de sí mismo  y de los otros.  Reúne los principios filosóficos, conceptuales y procesales  a los que todos los miembros de la institución adhieren. 

 

El desafío  institucional  es desarrollar en los niños y jóvenes conciencia plena de  que nuestro devenir como seres histórico-sociales  transcurre en la  diyuntiva  existencial entre  hacer “lo que se quiere” y “hacer lo que se debe” dentro  del espacio de aprendizaje permanente que da la convivencia escolar.

 

Los invitamos a leerlo en detalle, y a apropiarse de su contenido  a los efectos de  contribuir al crecimiento y desarrollo de esta, nuestra comunidad.

 

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Ø     Breve reseña institucional 

La Escuela Escocesa San Andrés tiene sus orígenes  en la necesidad de los pioneros escoceses de educar  a sus hijos respetando  las costumbres  y valores que  los identifican con sus raíces, en el marco formal  de la propuesta argentina.  En 1838, trece años después de la llegada de los primeros colonos, los escoceses iniciaron una pequeña escuela sobre el predio de la Iglesia Presbiteriana en Piedras 55, de esta Capital.  El 1º de septiembre de 1838 el alumnado estaba compuesto únicamente por mujeres, pero rápidamente se tornó mixto.

 

En 1946, con la migración continua de la comunidad británica a los suburbios del norte de la ciudad, decidieron mudar la escuela a Olivos.  El predio de Nogoyá 550 se inauguró como escuela de varones.  A través de los años, la escuela  se insertó en la comunidad argentina más amplia.  Como resultado, en 1963 se estableció un Jardín de Infantes en inglés, para que sea una opción viable para padres no anglo parlantes.

 

En 1966 se abrió la Escuela San Andrés para Niñas con la visión de formar mujeres adaptadas al mundo moderno y preparadas para seguir una carrera propia.  Otro hito  importante de los últimos tiempos fue la fusión de la Escuela de Niñas y de Varones en 1980, volviendo a ser mixto.  En ese mismo año, el crecimiento continuo de la escuela hizo necesario la inauguración de una segunda escuela Primaria y Jardín de Infantes en Punta Chica. 

 

La matrícula de la Escuela Escocesa San Andrés asciende  a  2000 alumnos con características  que la definen dentro de la comunidad educativa  como mixta y bilingüe. La base  de nuestra educación está dada por la currícula argentina enriquecida  por la preparación de sus alumnos para rendir los exámenes de I.G.C.S.E.  A partir del año 1996  la propuesta curricular ofrecida agrega un nuevo valor: el programa del Bachillerato Internacional Bilingüe. Nuestro proyecto educativo  se completa con variadas opciones artísticas (coro, banda, teatro) y deportivas (rugby, basketball, volleyball, hockey, natación, atletismo y fútbol).

 

 

Ø     Fundamentos

 

 

El reconocimiento de la buena conducta dentro de la escuela es esencial y está inserto dentro del sistema de disciplina positiva. Estas  acciones diarias, no sólo tienen un beneficio propio, sino también fomentan un ambiente y un clima de respeto y cuidado con la pretensión de que  sea  replicado por todos sus miembros.

 

También es importante para la institución que conductas antisociales e inapropiadas no sean aceptadas ni toleradas.  Cada miembro de la comunidad educativa tiene derecho a sentirse seguro, libre y cuidado para desarrollarse dentro de un ámbito educativo estimulante. Para generar este ambiente es importante que cada miembro de la comunidad comprenda claramente las expectativas de la escuela, que haya pautas claras y sean respetadas y que cuando sea necesario se apliquen sanciones claras y justas.  

 

Los derechos y deberes  reconocidos en el presente AIC se sustentan en el principio esgrimido en  la Ley de  Protección Integral de los Derechos  de las Niñas, Niños y Adolescentes (26 061) que concibe al niño como sujeto.

En la elaboración de nuestro  acuerdo institucional partimos del análisis de la Convención de los Derechos del Niño, de la que surge que  este debe ser considerado como sujeto de derechos y   centra la  atención en el  interés superior del niño. La ley 13 298 de Promoción  y Protección de los Derechos de la Niñez y Juventud de la Provincia de Buenos Aires en su artículo 4° define: “interés superior del niño es la máxima satisfacción integral y simultánea de sus derechos en un marco de libertad, respeto y dignidad, para lograr el desenvolvimiento de sus potencialidades, y el despliegue integral y armónico de su personalidad”

Desde este punto de partida, nuestra intencionalidad  radica en  consolidar en el imaginario colectivo a nivel institucional esta perspectiva: la capacidad del niño es un derecho personalísimo,  no se considera al “menor” en un lugar de inferioridad o menosprecio. Esta capacidad, ratificada  en la nueva ley, se observa   en el marco de situaciones que lesionan o amenazan los derechos y garantías de niños, niñas y adolescentes. Es por ello que definimos este marco que contempla  entre otros  el derecho a la libertad de  opinar y ser oído que todo niño tiene a la vez que  estatuye el derecho a la vida privada e intimidad familiar.

 

La justicia, la claridad y el apoyo de la comunidad son pilares básicos que ponen en marcha el sistema de Disciplina  Positiva y el Sistema de Sanciones del AIC de la escuela.  Los valores como el Respeto, la Responsabilidad y la Integridad son centrales al Código y deberían guiar diariamente a cada miembro de la comunidad.

 

 

 

El Rol de los Adultos de la Comunidad

 

Es esperable que todos los miembros de la comunidad de la escuela apoyen y respalden los valores centrales. Si todos los miembros de nuestra comunidad ponen en acción los valores centrales de la escuela, nuestros alumnos estarán rodeados diariamente de modelos positivos y enriquecedores. El modelo positivo debe realzarse.   Esta declaración se expandirá  al cuerpo de gobierno, a los directivos,  a los profesores y personal auxiliar, dentro de la escuela; y dentro de la comunidad de padres de familias y amigos de la institución.

 

Expectativas de los alumnos

 

En nuestra comunidad, el hecho de compartir, ser sensibles y solidarios a las necesidades de los otros y participar proactivamente en actividades constructivas preserva  y hace florecer nuestros valores centrales de  manera  genuina. Estas expectativas se fomentan y comunican regularmente a los alumnos y se plasman  en las actividades del colegio.

 

En toda comunidad, es necesario y beneficioso contar con un sistema de acuerdos y procedimientos escolares que apoyen  la conducta positiva y sancionen la negativa.

 

Como nuestra misión lo indica, la escuela está comprometida con la formación de ciudadanos y la ciudadanía es una práctica activa, de construcción y de compromiso cuyo beneficio se extiende más allá de las fronteras de la escuela.

 

En esta misma dirección, se desarrolla el Programa de Educación Social y Personal cuyo eje central es “capacitar a nuestros estudiantes para realizar elecciones inteligentes y hacerse responsables por ellas”. 

 

Los objetivos  del presente acuerdo son:

·              Promover  conductas respetuosas

·              Favorecer  la búsqueda permanente  de instancias de diálogo negociación, mediación   sobre la base de la dignidad y la justicia en el ejercicio de los deberes  y derechos.

·              Transformar los conflictos  en hechos educativos.

·              Promover  actitudes de compromiso  como fundamento  de la convivencia  y la responsabilidad

 

 

Ø     Proceso de elaboración

 

A partir del año 2007 y en cumplimiento de uno de los objetivos  anuales de la Escuela Secundaria, comienza un proceso de revisión del Acuerdo Institucional de Convivencia. Éste  se inicia con el análisis  del AIC vigente en una jornada  de carácter institucional,  en la que participaron el equipo directivo, secretarios, jefes de departamento, profesores y preceptores.  Se conformaron equipos de trabajo  para  analizar casos a partir de dos ejes: disciplina positiva  y el procedimiento para definir  y aplicar  sanciones y tres criterios: coherencia,  pertinencia  y consistencia en su aplicación.  Esta misma experiencia  se lleva  a cabo  con el “Consejo Estudiantil” compuesto  por  estudiantes de los distintos años,  elegidos  por sus compañeros. Reunido  el material, un equipo de trabajo procesa los datos  y realiza  la devolución  a   los convocados  en las jornadas.  A partir de  esa instancia se resuelve  invitar  a los docentes  y a los  alumnos  a realizar  los aportes  que  resultaran pertinentes  a los efectos  de mejorar el AIC vigente. Durante el año 2008 se mantuvieron reuniones personales con el equipo de trabajo, con una frecuencia mensual. La comisión,  a partir de la información  recabada y sobre la base de la nueva propuesta  comunicada  por las autoridades de la provincia de Buenos Aires, trabajó durante  todo el año para definir  un nuevo AIC. Para completar  los circuitos  de participación, se implementó la  apertura  de un foro, a través de Internet, como herramienta   para  intercambiar  puntos de vistas  y definir criterios.  Contempladas  todos los aportes se define el presente AIC  que  fue formalmente  comunicado  al cuerpo docente  en la última reunión de personal del mes de  diciembre  del año 2008.  En el mes de marzo del año 2009 de concretan reuniones  con padres  y alumnos. En ese acto se entregan copias escritas  del AIC y se comparten experiencias  y expectativas   para su cumplimiento.

 

Ø     Cuerpo del Documento

 

Sección 1

 

El presente AIC será de aplicación a todos aquellos jóvenes  que en condición de matriculados, cursan en la escuela de nivel secundario como alumnos regulares de la “Escuela Escocesa  San Andrés.”

 

La rematriculación  estará definida por el Director del Nivel en consenso  con los docentes del alumno,  previa acreditación de las siguientes condiciones por parte  de los alumnos, sus padres o tutor.

 

·        Acordar  con los principios esgrimidos en el Ideario  y en la Misión de la Escuela.

·        Cumplir con los criterios de evaluación y promoción determinados por la normativa jurisdiccional e institucional.

·        Presentar en  tiempo y  forma, la documentación que establezca la autoridad de aplicación.

·         Aceptación del contenido del presente Acuerdo Institucional de Convivencia  por parte del alumno y sus padres  o tutor.

·        Acreditar haber aceptado y suscripto ambos padres o tutor la documentación que respalda el cumplimiento del régimen económico para el ciclo lectivo que se postula.

·        Pago de matrícula.

 

Las autoridades  de la escuela evaluarán las  condiciones de permanencia de los  alumnos  en  la  escuela y podrán determinar la no matriculación cuando:

 

·      El alumno o su familia manifiesten conductas contrarias a los principios esgrimidos en  la Misión de la Escuela San Andrés.

 

·        El alumno manifieste alcanzar un rendimiento académico y/o comportamiento incompatibles con las expectativas de logro jurisdiccionales e institucionales y el presente AIC

 

  Expectativas padres-institución

 

La representación de los alumnos ante las autoridades de la Escuela será ejercida por sus padres o tutores, quienes registrarán su firma en el establecimiento o avalarán la de tutores o encargados que temporalmente  los reemplacen.

 

Los padres de la Escuela San Andrés pueden esperar que la institución:

 

·              Los reconozca  como representantes legales de sus hijos o a sus tutores, en caso de que designen a otras  personas para esa función.

·              Les proporcione  los servicios educativos contratados.

·              Les otorgue las oportunidades de información previstas en la

                                      política del colegio para el seguimiento de sus hijos.

·              Les informe fehacientemente todo hecho significativo  a la trayectoria escolar de su hijo.

 

La Escuela San Andrés puede esperar  que los padres de sus alumnos:

 

·              Garanticen  la concurrencia de sus hijos a la escuela  regular y puntualmente.

·              Acuerden con el AIC  notificado y respalden su implementación

·              Controlen y firmen, en los plazos fijados, toda documentación y/o comunicación que las escuelas  les envíen.

·              Concurran a la escuela cuando fueren citados por la dirección o por sus docentes para  tratar asuntos relacionados con el aprendizaje y  la conducta del alumno.

·              Se notifiquen en las actas donde consten las conclusiones a  las que se hayan arribado de las entrevistas realizadas, en casos considerados necesarios por el Colegio.

·              Respeten y se comprometan con el  Ideario, la Misión y el  AIC de la  Escuela San Andrés.

·              Comuniquen con la antelación necesaria cualquier cambio de

                           domicilio y/o teléfono.

·              Informen por escrito, según la política del colegio, acerca de las autorizaciones para el retiro de sus hijos de la escuela, así como los cambios en el procedimiento habitual.

·              Supervisen que sus hijos concurran a la Escuela con el uniforme reglamentario y los útiles necesarios para el trabajo diario.

·              Cumplan regularmente con el régimen económico suscripto.

 

Expectativas alumnos-institución

 

Reconocimiento de Disciplina Positiva.

 

Un objetivo   del AIC es aplicar honores que alienten el comportamiento positivo y cumplimiento de metas,  para ello diseñamos el sistema de méritos y reconocimientos y los premios por actos de excelencia.

 

Sistema de Méritos  y Reconocimientos     

 

Los méritos y reconocimientos se entregan según criterios estructurados  en dos dimensiones: Académica y Personal - Social, cuyo sustento está apoyado en los valores promovidos por la escuela  y actúan como incentivo, aliento y reconocimiento de las mejoras o continuidad de las conductas positivas.

 

El juicio profesional de los miembros del cuerpo docente determinará la aplicación del sistema de méritos y reconocimientos.

 

Esta distinción  deberá ser fundada  por escrito por el docente que la aplique y hará hincapié en la trascendencia de los hechos valiosos producidos por el alumno. 

                                

Premios por Actos de Excelencia

 

Este sistema reconoce la excelencia de los logros y el buen comportamiento de los alumnos. Los miembros del cuerpo docente y/o del cuerpo estudiantil mediante sus representantes, destacan a través de estos reconocimientos, acciones distintivas y sobresalientes de los alumnos que trascienden el marco académico.

Los premios por actos de excelencia  deberán comunicarse por escrito. El cuerpo docente  o de alumnos fundamentarán la distinción en los valores esgrimidos en el presente AIC: Integridad - Respeto – Solidaridad

 

Normas generales y Normas diarias

 

Las normas generales y diarias del Colegio, según se las describe a continuación, deberán ser respetadas toda vez que los alumnos se encuentren dentro de los  predios de la institución escolar, y aun fuera de ellos, siempre que vistan  el uniforme del Colegio y/o se desempeñen en una actividad relacionada con la institución, por ejemplo: visitas, excursiones, viajes de estudio, torneos intercolegiales o giras en calidad de participantes simples o espectadores.

 

Normas generales

 

Uno  de los objetivos de la Escuela es que todos los miembros de la comunidad asuman su responsabilidad de apoyar los ideales de la Institución y cooperar con su realización.

 

·              Cuidado de  la salud, la seguridad y el bienestar propio y de               otras personas

·              Respeto por la propiedad intelectual, institucional y privada

·              Cuidado del medioambiente 

 

La trasgresión de las normas se manifiesta en conductas  tales como:

 

·                    Actitudes u observaciones maliciosas de cualquier tipo; provocación de daños físicos; actos u omisiones discriminatorios determinados por motivos tales como raza, religión, nacionalidad, ideología, opinión  política o gremial, género, orientación sexual, posición económica, condición social o caracteres físicos; hostigamiento.

·                    Faltar a la verdad

·                    Deshonestidad intelectual: copiarse, incurrir en plagios, hacer un uso impropio de las fuentes, presentar trabajos académicos duplicados, y contravenir las normas de propiedad intelectual.

·                    Retirar bienes sin permiso del dueño o del personal de la institución, dañar o apropiarse en forma ilegítima de los materiales de terceros.

·                    Usar  indebidamente los recursos tecnológicos disponibles dentro de la escuela o fuera de ella, produciendo un efecto negativo sobre los alumnos, sus familias,  la Institución y/o el personal de la misma.

·                    Ausentarse del Colegio y/o de las clases o actividades obligatorias, sin autorización.

·                    Violar las reglas de seguridad, higiene y conservación de bienes.

·                    Consumir, poseer, y/o estar bajo la influencia o en presencia de bebidas alcohólicas, drogas ilegales o tabaco.

 

 

*                                                                                                                                          Normas diarias

*                                                                                                                                           

La escuela espera que los alumnos desarrollen hábitos de trabajo y comunicación positiva.

 

·                    Acudir al Colegio puntual y regularmente.  

·                    Presentarse a clase con una apariencia prolija, el uniforme completo y provisto de todos los materiales escolares pertinentes.

·                    Cuidar el edificio escolar,  mobiliario y recursos materiales de la escuela, incluyendo su limpieza y conservación.

·                    Respetar a sus pares y a todo el personal de la escuela poniendo  de manifiesto conductas amables y vocabulario correcto.

 

Sección 2

 

Sistema de Sanciones

 

La transgresión de las Normas Generales del Colegio dará lugar a las siguientes

 sanciones:

·                    Advertencia verbal

·                    Permanencias (Detentions)

·           Amonestaciones

·           Período de prueba (Probation)

·                    Separación temporaria del establecimiento

·                    Separación definitiva del establecimiento

 

La transgresión de las Normas Diarias dará lugar a las siguientes sanciones:

 

·           Advertencias verbales

·           Permanencias (Detentions)

·           Amonestaciones

 

Advertencia verbal

 

En  casos de irresponsabilidad por parte del alumno, cuando se tratare de un incidente menor, el docente involucrado, podrá apelar a una advertencia oral que haga mención a la improcedencia de su conducta. A partir  de ese llamado de atención, el docente deberá ponderar, si amerita o no  una advertencia escrita o permanencia.

 

 

 

Permanencia  (Detentions)

 

Cuando la actuación  del alumno exceda los criterios para concluir el procedimiento en una  advertencia verbal,  se impondrá una permanencia. Ésta quedará registrada y debidamente fundada, en el legajo del alumno. Dos (2)  advertencias verbales por la misma conducta harán aplicable una permanencia.  La acumulación de seis permanencias   amerita dos (2) amonestaciones

 

Amonestaciones

 

Se aplican ante la trasgresión de las normas generales o la acumulación seis (6)  permanencias.

 

El Director definirá el número de amonestaciones de acuerdo con  las circunstancias del caso.  Acumular veinticinco, en un ciclo escolar, dará lugar a la pérdida de la condición de regular.

 

Período de prueba (Probation)

 

El sistema de período de prueba consiste en la redacción de un contrato para un estudiante en riesgo disciplinario. En dicho contrato, se establecen las expectativas que el alumno deberá cumplir para poder continuar como alumno regular de la Institución.

 

Un  profesor tutor será el encargado de realizar el seguimiento. Éste debe dejarse por escrito. Una vez finalizado el período de prueba, el Comité Disciplinario evaluará las evidencias e informará al Director  quien decidirá la permanencia del alumno en la Institución.

 

El período de prueba puede prolongarse hasta seis meses, finalizando dentro del mismo año lectivo o continuando en el siguiente. No se permitirá más de dos períodos de prueba en la vida escolar de un alumno.

 

El haber pasado por uno, no da derecho a reclamar el segundo, esa decisión la tomará el Director.

 

 

 

Separación temporaria

 

Cuando el alumno incurra en una falta que afecte el normal funcionamiento de la escuela y afecte su inmediata reinserción escolar, el Director  podrá suspenderlo por considerar que su ausencia, por un período limitado, redundará en su beneficio  y en el normal desarrollo de las actividades escolares. Durante este lapso, el alumno deberá responder a las expectativas académicas del Colegio por su cuenta. La sanción aplicada no limitará  la posibilidad de rendir sus exámenes.

 

Separación definitiva del Colegio 

 

Ante la gravedad de una falta  cometida, el Comité Disciplinario podrá recomendar al Director la separación definitiva  de un alumno del colegio,  independientemente de la cantidad de sanciones acumuladas.  En todos los casos, el Director será el encargado de evaluar la situación y tomar la decisión cuando un alumno  demuestre el quebrantamiento de los valores, filosofía y expectativas previstas en este Acuerdo Institucional de Convivencia.

 

Proceso para la aplicación de sanciones

 

Cuando el alumno transgrede alguna de las  normas diarias, el docente a cargo lo sanciona con una permanencia. Cuando el alumno acumula cinco permanencias se notifica a los padres o tutor. Si el alumno persiste  en la violación de normas diarias y alcanza diez permanencias,  el equipo docente que acompaña al alumno realiza un exhaustivo seguimiento y cita  a los padres para solicitarles colaboración a los efectos de revertir  la conducta del menor.

 

Cuando el alumno viola una norma general, los miembros del equipo docente que acompañan al alumno se reúnen para realizar una investigación de los hechos, para ello, se  informará al alumno de la situación, se le solicitará que reflexione sobre lo sucedido  y lo vuelque, haciendo ejercicio de su libertad responsable,  en el  Formulario de Incidentes. Luego de  este proceso, el equipo docente indica  la norma  transgredida y recomienda una respuesta al Director, fundada en  los valores esgrimidos en el presente AIC y en la trascendencia de los hechos disvaliosos producidos por el alumno.

 

El Director  tomará una medida integral y formativa que abarque dos aspectos fundamentales:

 

·              la sanción reparatoria cuyo objetivo será  promover en el alumno la  reflexión y la responsabilidad ante sus propios actos.

·        la sanción disciplinaria para promover en el alumno el  reconocimiento de los límites del derecho propio y ajeno, con el objetivo de lograr mejorar su conducta.

 

Sección 3

 

La constitución del CIC

El CIC estará  constituido por  el Director,  un profesor, un preceptor  y un padre/madre miembro de la comunidad educativa de la Escuela.  

 

El funcionamiento del CIC

 

Ante  una situación que genere  una trasgresión a las normas   establecidas en el presente AIC e involucre a los alumnos,  el Director puede solicitar la intervención  del CIC,  con la finalidad de evaluar los hechos y sugerir medidas al respecto. En el caso que  amerite  la aplicación de una sanción, la decisión final es de competencia del Director.

 

La decisión final debe tener en consideración la edad del alumno y la proporcionalidad entre la conducta reprochada y la sanción impuesta.

 

El CIC, junto con el Director,  tendrá en cuenta la edad  y experiencia del alumno, al igual que sus circunstancias particulares, su bienestar,  y sobre todo, el bienestar de la comunidad en su totalidad (el bien común).

 

Siempre antes de tomar la decisión final, el alumno debe ser escuchado.  

 

Sección 4

 

Las instancias de evaluación  del presente AIC se concretarán  en el mes de julio  y en septiembre. Las modificaciones apuntarán a la formación integral del alumno y a  su adecuada  integración  a la comunidad del colegio. Estarán debidamente fundamentadas  en  el seguimiento de  los casos observados  durante el año, y contemplarán el procedimiento de consenso  establecido  en el diseño original.

 

 

 


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